domingo, 24 de julio de 2011

Suspensión Disposición (D.G.DyP.C.) N° 525/11

"... con fecha 30/06/2011, ante la presentación efectuada por la CAPHyAI,  el Juzgado Nro 15 ordenó a la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor, como medida de no innovar, que se abstenga de imponer sanciones a los administradores que no logren contratar el seguro dispuesto por la Resolución 525/11.-

Se trata de una primera medida dispuesta por el Juez interviniente, de modo preventivo, hasta tanto se determine la nulidad de esta resolución, dado que resulta evidente que la Resolución 525/11 excede el ámbito de competencia de la Dirección de Defensa del Consumidor, a la vez que avasalla el principio rector de legalidad"....-




Fuente: Circular N° 44-Julio 2011 de la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmonbiliarias.