viernes, 14 de noviembre de 2014
SUTERH ASUETO DÍAS 24 Y 31/12 - RESOLUCIÓN N° 22/2014 SECRETARIA DE TRABAJO
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 22/2014
Registro Nº 106/2014
Bs. As., 9/1/2014
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL, por la parte sindical y la ASOCIACION INMOBILIARIA DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL y la UNION ADMINISTRADORES DE INMUEBLES, por el sector empleador, obrante a fojas 3/3 vuelta del Expediente N° 1.601.603/13, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Hágase saber que por imperio de las prescripciones previstas en el Artículo N° 5 de la Ley N° 23.546 (t.o. 2.004) lo pactado resulta de aplicación obligatoria para los trabajadores representados por la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL, amparados por el Convenio Colectivo de Trabajo N° 589/10.
ARTICULO 3° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 3/3 vuelta del Expediente N° 1.601.603/13.
ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 589/10.
ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N° 1.601.603/13
Buenos Aires, 13 de Enero de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 22/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/3 vuelta del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 106/14. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 12 días del mes de diciembre de 2013, siendo las 15:00 horas, se encuentran reunidos en la calle Sarmiento 2040 los representantes de la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL, Osvaldo Bacigalupo, Secretario de Organización e Interior y Jeroslawa Mykytiuk, ambos miembros paritarios por el sector sindical, y por el sector empleador se encuentran presentes: por la UNION ADMINISTRADORES DE INMUEBLES, su Presidente Osvaldo Emilio Enrique Primavesi, por la CAMARA ARGENTINA DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL Y ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, comparece su Presidente Daniel Roberto Tocco y por la ASOCIACION INMOBILIARIA DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL, su Presidente Juan Manuel de la Cruz Acosta y Lara, todos con personería jurídica y debidamente habilitadas por la autoridad de aplicación en cumplimiento de la Ley 14.250.
Las partes expresan que los días 24 y 31 de diciembre del año en curso, vísperas de las festividades de NAVIDAD y del AÑO NUEVO, son días laborables.
Que las citadas fechas constituyen tradicionalmente motivo de festejo para todas las familias de los trabajadores de edificios de renta y propiedad horizontal.
Que a fin de facilitar las reuniones familiares que se realizan en dichas fechas, se estima procedente posibilitar el acercamiento de quienes, por diversas causas, se domicilian lejos de sus seres queridos.
Que con ese objeto, se considera conveniente otorgar de ahora en adelante asueto laboral los días 24 y 31 de diciembre de cada año.
Por ello, las partes acuerdan:
1) Otorgar asueto al personal comprendido en el CCT 589/10 los días 24 y 31 de diciembre de cada año, el que no generará descuento alguno en sus salarios.
2) Para el caso que el trabajador trabajara en dichas fechas, los días deberán ser abonados de conformidad con lo establecido en el art. 13 del CCT 589/10.
No habiendo otro asunto que tratar, se da por finalizada la reunión cerrando el acta comprometiéndose las partes a presentarla y ratificarla personalmente ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad social de la Nación para su homologación, firmando todos al pie de conformidad cinco (5) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
Fuente: B.O. del 18/2/2014.
FERIADOS AÑO 2015
CALENDARIO DE FERIADOS 2015
Enero
Jueves 1 de enero- Año Nuevo
Febrero
Lunes 16 y martes 17 de marzo – Carnaval
Marzo
Lunes 23 y Martes 24 de marzo – Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
Abril
Jueves 2 de abril – Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
Viernes 3 de abril – Viernes Santo
Mayo
Viernes 1 de mayo – Día del Trabajador
Lunes 25 de mayo – Día de la Revolución de Mayo
Junio
Sábado 20 de junio – Día Paso a la Inmortalidad del Gral. Manuel Belgrano
Julio
Jueves 9 de julio – Día de la Independencia
Agosto
Lunes 17 de agosto – Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín
Octubre
Lunes 12 de octubre – Día del Respeto a la Diversidad Cultural
Noviembre
Viernes 20 de noviembre (se traslada al 23) – Día de la Soberanía Nacional
Diciembre
Lunes 7 de diciembre (Puente Turístico)
Martes 8 de diciembre – Inmaculada Concepción de María
Viernes 25 de diciembre – Navidad
Fuente: parabuenosaires.com
lunes, 3 de noviembre de 2014
ESCALA SALARIAL SUTERH OCTUBRE 2014
Planilla Salarial SUTERH Octubre 2014
Disp. DNRT N°238 / 04/06/2014
FUNCIONES 1° CAT. 2° CAT. 3° CAT. 4° CAT.
Encargado Permanente con vivienda 7.744 7.421 7.099 6.453
Encargado Permanente sin vivienda 9.102 8.723 8.343 7.585
Ayudante Permanente con vivienda 7.744 7.421 7.099 6.453
Ayudante Permanente sin vivienda 9.102 8.723 8.343 7.585
Ayudante Media jornada 4.551 4.361 4.172 3.792
Personal Asimilado con vivienda 7.744 7.421 7.099 6.453
Personal Asimilado sin vivienda 9.102 8.723 8.343 7.585
Mayordomo con vivienda 8.031 7.696 7.362 6.692
Mayordomo sin vivienda 9.473 9.079 8.684 7.895
Intendente 11.596 11.596 11.596 11.596
Personal con mas 1 Funcion con vivienda 7.744 7.421 7.099 6.453
Personal con mas 1 Funcion sin vivienda 9.102 8.723 8.343 7.585
Encargado Guardacoches con vivienda 6.828 6.828 6.828 6.828
Encargado Guardacoches sin vivienda 7.414 7.414 7.414 7.414
Personal Vigilancia Nocturna 8.200 8.200 8.200 8.200
Personal Vigilancia Diurna 7.635 7.635 7.635 7.635
Personal Vigilancia Media Jornada 3.817 3.817 3.817 3.817
Encargado No Permanente con vivienda 3.674 3.674 3.674 3.674
Encargado No Permanente sin vivienda 3.993 3.993 3.993 3.993
Ayudante Temporario 7.479 7.479 7.479 7.479
Ayudante Temporario Media Jornada 3.739 3.739 3.739 3.739
Para cualquiera de las categorías
Personal Jornalizado no mas 18 horas ( según ART. 7 INC. P HORA) 77,34
Suplente con horario por dia 337,67
Retiro de residuos por unidad destinada a vivienda u oficina 13,81
Clasificación y traslado de residuos Resol. 2013 243 SSRT-GCABA (Hasta 25 unidades) 238,27
Valor vivienda 50,83
Plus por antigüedad conf. Resoluc. 106/09 - inc. D, e, h, n y p del art. 7 y 8 por año ( 1%) 75,85
Plus por antigüedad - por año ART. 11 ( 2%) 151,70
Plus limpieza de cocheras 188,80
Plus movimiento de coches - hasta 20 unidades 279,58
Plus Jardín 188,80
Plus Zona Desfavorable - Res. N° 30 /2006 . Publicada B.O. 20/04/2006 50%
Titulo de Encargado Integral de Edificio 10%
Plus limpieza de piletas y mantenimiento del agua 317,69
Fuente: Web Suterh Osperyh
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